El doble de la doble ya no esta.
El empleado que estaba en negro podía en caso de ser despedido accionar judicialmente ante la arbitrariedad patronal. Esta era una de las reglas de juego no impuestas por la flexibilización noventista. La vigencia de la ley 20.744 hace posible que el vinculo laboral sea probado por otros medios que no sean los normales y habituales que corresponden a los trabajadores en blanco y el juez determina si existe o no ese vinculo laboral. En los casos que existían evasión provisional existía de oficio el pago de indemnización doble por evasión. Por lo tanto, es mucho más lo que se favorece a la patronal con este decreto 1224/07 de reciente firma de Presidente. Lo que esta claro que ahora es mucho mas BARATO contratar personal en negro que antes. Como en el caso de la rebaja de los aportes de Domingo Cavallo, no sirvió para generar nuevos empleos, la inexistencia de la doble indemnización no servirá para generar nuevos empleos formales, ya librados los empleadores de “la pesada carga jurídica” de la doble indemnización, sino que siendo mas barata la misma se animaran más a contratar empleados en negro, ya que al sistema judicial laboral colapsado por las demoras, se sumara el bajo costo del despido.
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