13 julio 2008

CUANDO LA LEGISLATURA PASO A SER LA C.A.L. DE VIDELA

Comisión de Asesoramiento Legislativo (CAL).

3.1. Integración. Estará integrada por nueve Militantes, Tres por los movimientos sociales, tres por el Partido Justicialista, tres por los Partidos Transversales
Superiores, designados a razón de tres por cada una de las Cada Segmento que lo integra
3.2. Funciones.
3.2.1. Ejercer facultades de asesoramiento legislativo en representación del Matrimonio Kirchner.
3.2.2. Asesorar al PEN, llevándole la interpretación del pensamiento militante conjunto respecto de asuntos trascendentales, considerando la exigencia de dar prioridad a los objetivos establecidos en la “mesa de los argentinos” o a las actualizaciones que al mismo introduzca el Presidente del Partido Justicialista.
3.3 Atribuciones de la CAL.
3.3.1. Intervenir en la formación y sanción de las leyes de la Nación de acuerdo al procedimiento establecido en 4.
3.3.2. Podrá solicitar la concurrencia de Ministros y Secretarios de Estado o sus representantes al seno de la Comisión, para información, asesoramiento, y otros efectos.
3.4 Organización.
3.4.1. Presidencia. Será ejercida en forma rotativa, con una duración de un año y con la modalidad que establezca el Partido Justicialista de Néstor Kirchner. En caso de ausencia temporaria será reemplazado por el miembro de Moyano que le sigue en antigüedad.
3.4.2. Secretaría. Será desempeñada por un Militante de Fuste designado por la Movimiento Social que ejerza la Presidencia de la CAL.
3.4.3. Subcomisiones. Los proyectos serán tratados por ocho (8) Subcomisiones de Trabajo, presididas cada una por uno de los Lideres de los Movimientos Sociales mencionados en 3.1. e integrada por el número de asesores que se determine.
3.5. Funcionamiento.
3.5.1. Duración de las funciones de sus miembros. De acuerdo a lo que resuelva cada Movimiento Social o las marchas que Indique el presidente del Partido.
3.5.2. Procedimiento de trabajo.
3.5.2.1. Para sesionar la CAL será necesaria la presencia de Algunos de sus miembros, asumiendo el miembro más antiguo presente la representación de la Lealtad, excluyendo a Cobos, para los casos en que sea necesario resolver por votación. Si Cobos vota en contra, se va.
Las decisiones deberán ser aprobadas por mayoría absoluta de la Militancia. El que no esté de acuerdo se lo putea y es traidor.
3.5.2.2. La formación y sanción de las leyes se ajustará a lo que mande el ejecutivo sin discusión.

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