29 noviembre 2012

DE LOS DERECHOS DE TODOS


Casi sin Internet

Creo que uno de los errores básicos de la administración de sutes que pretende el gobierno de la Ciudad Autónoma es limitar el derecho de huelga. Lo que tendría que estipularse son los derechos al pasajero a ser transportado.  Derecho tan inalienable como el derecho a huelga.
Las regulaciones tendrían que dirigirse como en la Comunidad Económica Europea a garantizar ese derecho por parte del transporte, o sea la obligación de la empresa prestataria a cumplir con el contrato con el pasajero.
Atacar las razones de derecho a la huelga es tan conflictivo y esto tiene fallos en casi todos los foros del mundo a defender estos derechos, salvo que estos países sean de carácter dictatorial.
Lo que no pueden los trabajadores es en ejercicio de su derecho, negarle la posibilidad a la transportadora a ejercer un contrato con el pasajero que esta en el fin de su objetivo como empresa.
No se puede construir una sociedad justa sin respetar los derechos de cada uno de las partes intervinientes, mas si el afectado es una mayoría superior a la de los trabajadores involucrados.
Se ha visto que los derechos individuales han sido puestos en cuestión en estos días por el tema de la deuda con los fondos buitres.
Por ejemplo, el haber incluido a un 92 o 93 % de acreedores en el canje de deuda, hacen que esta mayoría haga inviable el reclamo de los fondos buitres y que en todo caso las mayorías alcanzadas los obliguen a renunciar a sus derechos.
Hay principios lógicos que tienen un carácter universal y deberán ser de carácter transitivo a la aplicación de otros derechos absolutos.
Seria casi paupérrimo en afirmar que el derecho a la propiedad del 100% de la acreencia de los fondos buitres puede afectar a los otros tenedores de deuda y como consecuencia de ello afectar la estabilidad de la Argentina como país soberano.
Este carácter tiene también una correspondencia entre la conflictividad de los derechos. El derecho de huelga es innegable, pero el derecho a ser transportado por un contratante de un servicio público de pasajeros también tiene el mismo derecho.
Toda discusión que tienda a poner uno derecho por encima del otro se convertirá en ociosa.


No hay comentarios: