13 mayo 2009

ESTO DEBE SER UNA PAVADA DEL DIARIO DE BARTOLO

NOTICIA APARECIDA EN EL DIARIO LA NACION DE HOY

Avanza en provincia la prohibición electoral para represores
La Cámara baja bonaerense aprobó un proyecto de ley para inhabilitar el acceso a cargos públicos electivos a personas implicadas en delitos de lesa humanidad
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Miércoles 13 de mayo de 2009 19:04 (actualizado a las 19:03)

La Cámara de Diputados bonaerense aprobó hoy un proyecto de ley que inhabilita para acceder a cargos públicos electivos a personas implicadas en la comisión de delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura militar.
La iniciativa modifica la Ley Electoral provincial y deberá ser tratada por el Senado en los próximos días. El proyecto fue presentado por la diputada Laura Berardo (Movimiento Libres del Sur).
"La intención del proyecto es sancionar un mecanismo que impida que accedan a ocupar cargos públicos electivos en el Estado democrático a aquellos que desde la estructura del Estado terrorista cometieron las mayores atrocidades de la historia de nuestro pueblo", sostuvo Berardo.
"El tratamiento de esta cuestión expresa la decisión política de la Cámara de Diputados de rechazar la presentación de figuras como Luis Abelardo Patti y un compromiso claro con el fortalecimiento de la democracia y sus instituciones", dijo la diputada, según consigna Télam.
El lunes, el ex comisario Patti
lanzó su candidatura a diputado nacional desde una celda del penal de Marcos Paz, donde está detenido acusado de privación ilegal de la libertad y homicidios ocurridos durante la última dictadura.
¿PODRAN POR LEY MODIFICAR LA CONSTITUCION NACIONAL DONDE NADIE ES CULPABLE HASTA QUE TENGA SENTENCIA FIRME POR ESTE ARTICULITO?:
Art. 18.- Ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso, ni juzgado por comisiones especiales, o sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa. Nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo; ni arrestado sino en virtud de orden escrita de autoridad competente. Es inviolable la defensa en juicio de la persona y de los derechos. El domicilio es inviolable, como también la correspondencia epistolar y los papeles privados; y una ley determinará en qué casos y con qué justificativos podrá procederse a su allanamiento y ocupación. Quedan abolidos para siempre la pena de muerte por causas políticas, toda especie de tormento y los azotes. Las cárceles de la Nación serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas, y toda medida que a pretexto de precaución conduzca a mortificarlos más allá de lo que aquélla exija, hará responsable al juez que la autorice.

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