20 febrero 2007

EJECUTIVO EJEMPLAR O MENTIROSO Y CARADURA.

¿LE DA EL ESTATUTO DE RIVER FACULTADES AL PRESIDENTE O A LA COMISION DIRECTIVA DE RIVER FACULTADES PARA EXPULSAR A SOCIOS?
LA PREGUNTA ES TAN OBVIA, PUES SE VULNERARIA EL DERECHO A LA DEFENSA, SE SUPONE QUE LA MAXIMA DESICION LA DEBE TENER LA ASAMBLEA DEL CLUB, Y EL PRESIDENTE, O LA COMISION DIRECTIVA DEBE TENER SOLO LA FACULTAD DE SEPARARLOS Y LLAMAR A LA ASAMBLEA DE SOCIOS PARA QUE CONSIDEREN ELLOS QUE SI DEBEN SER EXPULSADOS. LUEGO SI, DARLES DE BAJA A LOS REGISTROS.
PORQUE ESTA REFLEXION. PORQUE SI ME EXPULSAN ASI, VOY A LA JUSTICIA Y LA JUSTICIA AUN SIENDO UN DESGENERADO O UN VIOLADOR, AUN SIN SENTENCIA, ME DEBERIA REPONER PORQUE EL ACTO ADMINISTRATIVO DE EXPULSION ES NULO, POR LO QUE LA JUSTICIA MISMA ORDENARIA REINTEGRARME. POR LO QUE AGUILAR TENDRIA A TODOS LOS BARRAS BRAVAS DE NUEVO EN EL CLUB, AHORA NO PORQUE EL LO PERMITE, SINO PORQUE LO ORDENO LA JUSTICIA. YA NO SERIA QUE EL TIENE UN AGUJERO NEGRO EN EL CLUB, SINO QUE LA JUSTICIA LO ORDENA. EN FIN. AGUILAR ES ABOGADO, TODOS ESPERAMOS QUE NO SEA TAN APRESURADO COMO PARA TOMAR MEDIDAS EN LAS QUE NO SE EQUIVOQUE TAN GRUESO.


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