08 noviembre 2010

OIA, LA PATRONAL ES MALA

TOMADA DESCUBRIO EL FONDO DE SU PROFESION DE ABOGADO LABORALISTA
Las primeras tercerizaciones se empezaron a efectuar con las empresas de servicios temporarios. Fue Hugo Barrionuevo, no Luis Barrionuevo, el dirigente del Gremio Fideero y Ministro de Trabajo de Alfonsín quien saco la primera reglamentación sobre el tema. La estrategia de las empresas era fácil, sobre el pretexto de no aumentar la masa salarial, contrataban trabajadores temporarios para cubrir enfermedades profesionales o ausencias transitorias, ya sea convencional o legal, como vacaciones o enfermedades o accidentes de trabajo, por empresas de servicios temporarios. Esta práctica derivo en un abuso. Ya que las empresas de servicios temporarios ingresaban a una línea de producción o servicio complementario con salarios más bajos que los reemplazados, rompiendo la regla básica de a igual trabajo igual remuneración. No solo eso, sino que la afiliación de los trabajadores, voluntaria o no y el convenio de aplicación correspondía a otra organización gremial, por lo general era a empleados de comercio, ya que se suponía que hoy podía estar en una línea de fábrica de jabón y mañana en una línea de ensamblaje de autos. Esta inequidad no solo atentaba contra el sistema jurídico, sino que mostraba que podía existir insolvencia, la reglamentación estableció un registro de empresas de servicios temporarios que debían hacer un depósito en garantía sobre el personal en caso de cierre. Ya que por lo general la disolución o quiebra de la empresa era un paga dios que perjudicaba a los trabajadores, que debían trabajar sin saberlo hasta el último segundo de la decisión de irse el empleador. Estas y algunas otras iniquidades como irregularidades como la imposibilidad de elegir delegados por no tener un lugar fijo de trabajo, aun aquellos que por alguna razón prestaban servicios para servicios temporarios (tercerizados) de una manera permanente, lo argumentaban. Lo que estaba claro que la relación de dependencia la tenían con la empresa que contrataba, no con la empresa contratante, aun existiendo la solidaridad, pero eso es en juicio, y primaba el tema de la legalidad, y la oportunidad del reclamo. Es decir, lo que el obrero o trabajador reclama es absolutamente legal, pero la oportunidad en la que cobrará es un avatar que solo la justicia lo sabe, conforme esta el fuero laboral en la provincia de Buenos Aires o en Capital Federal. Ni que hablar en otras provincias, (en la Caba no se había creado todavía el Ceclo). EL absoluto convencimiento de las empresas dadoras del trabajo de su responsabilidad ante el trabajador no les impedía usar el servicio, ya que la buena fe esta como principio aceptable hasta la sentencia judicial lo dictamine en contra. En ningún caso, se negaban a pagar la indemnización correspondiente, ya que durante mucho tiempo el cálculo era sobre un salario de la Convención Colectiva de Trabajo de la Convención Colectiva en uso por año de antigüedad. Ese salario al no haber paritarias no se movía, y en la época de hiperinflación ni que contar que el movimiento a la hora de la liquidación ya era caduco. Pero estas cosas que como las va a hablar uno casi 30 años después cuando casi nadie se acuerda o vivo estas cosas. Eso sí, Tomada, ni Recalde, ni Noemí Rial se pueden hacer los sorprendidos. Son realmente cómplices de esta situación. Pongamos las cosas en su lugar. Este tipo de empleo más el empleo en negro, fueron las grandes manifestaciones del modelo de la inclusión para mostrar que bajaba la tasa de desempleo. Bien, la tasa de desempleo baja con el empleo formal. No por arte de magia. Abogados de historia como Recalde, Tomada y Rial no se pueden hacer los que no conocen lo que estoy contando. Recalde porque trabajo conmigo, en el camping de Comercio, cuando estaba con el viejo Reyes de Gastronómicos, haciendo un anteproyecto de reforma de ley de Contrato de Trabajo que pedía Cavallo. Este tema lo sabíamos todos, lo sabia Moyano y lo tolero en empresas de Transporte con la figura de los ayudantes camioneros y sin citarla digo la que está claramente lindando la expansión de la villa 31 en Retiro. No vamos a rasgarnos la vestiduras. Ahora que hay espacio de militancia para la juventud, que se saquen la careta y no se hagan los pelotudos. No hay abusos, abusos los ha habido siempre, por eso la patronal es la patronal. Ellos no han cumplido como estado su función.



2 comentarios:

mauroliver dijo...

disculpe que lo moleste una vez más: ¿qué rol le parece a usted que juegan, en este asunto de la tercerización-flexibilización, las cooperativas 3026, impulsadas por el estado nacional para salir de la crisis y sostenidas hoy firmemente por todos los gobiernos locales? no se ha visto ninguna noticia al respecto, ni se las menciona, no sé si se conocen cifras oficiales de cantidad de trabajadores involucrados y movimiento económico asociado a los servicios que brindan, tanto públicos cuanto privados.

Hard Core dijo...

Las cooperativas de trabajos no deben ser de servicios a terceros. Creo que las cooperativas de trabajo las define una herramienta en comun. El uso de esa herramienta, la habilidad y la produccion de la misma da una participacion equitativa en la ganancia. Cuando la participacion es un trabajo que produce a partir de un servicio no deberia agruparse en cooperativa ya que esto es fraude laboral, segun mi concepto, pero como hay todo un afan por derrotar a la plusvalia en lo nacional y popular se confunden las ideas y los conceptos del salario y la propiedad del bien producido. BIen, las cooperativas de apoyo cuando no hay una herramienta que las sostenga y sean contratados para hacer un servicio, es decir sacados de la ley de contrato de trabajo para ser inserto el trabajador en la ley de cooperativas me parece una barbaridad. Tanto como los contratos basura del estado por tener limitados los cupos de planta permamente. En cuanto a la creacion de empleo es creacion de empleo, puestos de trabajo que puedan ser ocupados por personas que cobren el salario correspondiente a la actividad que desarrollan y con espectativas de perdurar. Ahora bien, si Ud tiene a un reglamento de trabajo con un anticipo a cuenta de utilidades manejado por un consejo de administracion de dudosa eleccion y poco criteriosa participacion democratica que es una oligarquia diminuta que maneja obreros que los pone fuera de la ley de contrato de trabajo y donde no hay horas extras, vacaciones, jornada, legal, etc, todo porque son socios dueños de una entelequia que no comprenden y por la que cobran un subsidio del estado, menos los gastos administrativos que cobra el consejo de administracion que parece caido del cielo. En realidad esto no es una administracion democratica es nada. Lamento si no es la respuesta que esperaba, las cooperativas que tenemos en la argentina son como el Banco Credicoop, nada va a hacer que uno mejore por ser socio del credicoop, asi como ser socio de una cooperativa de trabajo va a tener una mejora, peor si cobra 1500 pesos de subsidio y paga como monotributista del minimo la jubilacion sera la minima.