ERA MAS FACIL EN SANTA CRUZ DONDE LA PARENTELA HACIA JUSTICIA, PERO SI AHORA PASANDOSE POR EL FORRO LA CONSTITUCION CON UNA LEY QUE DESVIRTUA EL LLAMADO A CONCURSO, DESGINA NUEVOS JUECES, MIENTRAS DISCUTIMOS EL CAOS Y EL NESTOR, VAMOS POR EL BUEN CAMINO.
12 comentarios:
Y los derechos previsionales son propiedad privadas desde...?
Usted hubiese dicho lo mismo con la estatizacion de los ferrocarriles, energia electrica en la epoca de peron. No se haga popó arriba del viejo, y definase liberal catolico, tiene mucha razon cuando artemio le dice obispete gorilon.
no G-Fer, si no le lees ni el comentario del diario del fallo no lo voy a explicar. No lo hago de malvado puedo escribir mil dias de otras cosas, pero fijate, puedo escribir sobre lo triste que fue la despaaricion del poeta uruguayo Benedetti, una tristeza para todo el mundo. Que queres que te diga. Una pena.
Por suerte liberal catolico, y no fachista!!!! es un consuelo. En realidad con los ferrocarriles Kirchner no se los saco al amigo Pedraza, che, que en realidad andan tan mal en el transporte de cargas que si se lo sacan Moyano lo mata. Con la Energia Electrica ni se metio, salvo ahora un poquito con los fondos privatizados de las AFJP donde le toca, a los Gallegos ni los toca, Creo que seria las primeras invasiones gallegas en argentina. Por lo tanto su comparacion es desopilante. En cuanto a la Linea Aerea cuando la expropie y deje de ser Marsans el dueño quizas le digo por ahi estoy de acuerdo, no se, por ahora no es nuestra, solo la estamos volando o bancando, elija ud. YPF no la nacionalizo como EVO la vendieron a Azquenazi que compro parte del paquete Repsol YPF, y Aguas ARgentinas ahora AYSA mejor no digamos nada con los planes de inversion de los millones de pesos que habia que poner y anuncio con Fatala para lo que Aguas ARgentina no habia realizado. El gas, hmmmmmmm, los telefonos, bien gracias. Correo, se los cambio al viejo Macri por Obra Publica y trenes chinos al estado. En fin, siga y cuente. Su comparacion no es tan igualita. Me quedo con Peron. Lo que si dijo como verdad, es que soy Catolico Apostolico Romano, pero eso no me tapa los ojos quedese tranquilo, no tengo voto de obediencia a ninguna autoridad de la iglesia ni milito en ninguna orden, ni estoy en ninguna societas.
Lo que la justicia ordena es que los depósitos voluntarios ingresados a una AFJP por un afiliado sean depositados en un plazo fijo a nombre del mismo. Y eso está bien porque son depósitos voluntarios, es decir el afiliado tiene un derecho de propiedad de los mismos.
El fallo nada dice sobre los depositos correspondientes a los aportes obligatorios que marca la ley. Sobre este tipo de depósitos el afiliado no tiene un derecho de propiedad. Esto que hace la Justicia ya se sabía desde el mismo momento que se volvió a estatizar el sistema previsional. El fallo o los fallos son tan poco relevantes que los mismos han pasado casi desapercibidos por los medios de difusión.
Si queres criticar al Gobierno, hacelo con argumentos mas sólidos y no con esta paparruchada hueca e insipida.
Salu2
Alejandro, lo insolito, y me da verguenza que ud sea tan liviano, que una persona que tiene derecho a lo suyo deba demandar al estado para que le devuelva lo suyo. A ver. No mezcle la paja con las agujas. Si lo sabia porque no lo separo y lo dio, porque ha tenido que esperar la orden de un juez para convertirlo en un plazo fijo. Entiendase que ni comente que lo devolviera, simplemente dije que no atendio al derecho de propiedad, e invito a aquellos que se sentian daminificados por su desicion ante el derecho del principe a reclamarlo ante la justicia. Esto me parece solido, pasarse por las pelotas los derechos individuales de la gente, por parte de los gobiernos nacionales y populares me parece una paparruchada hueca e insipida y ademas una hija de putez que obliga al tenedor de un derecho a pelear por lo que es suyo. Si esto le parece un problema menor entiendo perfectamente porque adhiere al gobierno de esta gente.
Cuando se dictó la norma que reestatiza los aportes previsionales se dejo bien en claro que los aportes voluntarios que haya efectuado un afiliado ivan a quedar a disposición del mismo para que los utilize como quiera.
Por supuesto, para que ocurra esto, se debe dictar una norma reglamentaria a tal efecto. El fallo al que usted hace mención dice claramente que ante la falta de reglamentación de esto mismo, se deben depositar los fondos en un plazo fijo.
No hubo una violación del derecho a la propiedad porque desde el principio se aclaró que aquellos fondos depositados voluntariamente ivan a quedar a disposición del afiliado, el que, inclusive, lo puede dejar depositado en la misma AFJP. Lo que se cuestiona es la falta de reglamentación sobre este punto y de ahí la medida tomada.
Por último, antes de emitir opiniones tan temerarias, deberia acesorarse un poco más o al menos leer sobre lo que se esta opinando.
Con la consideraci{on que Usted se merece.
Alejandro
A ver si me creo como dijo el Zombie de Calcagño que los controles del Ansses se implementaron tarde porque la oposicion no ponia su representante. Alejandro. A ver. Debia una persona apelar a un fallo para reglamentar la ley?. Ud debe pensar que soy atipico, pero hay que rapido veto el consenso de la Ley de Glaciares pero se demoro Ocho meses en reglamentar esto? y ademas el pobre tenedor debe apelar a fallos judiciales, que lastima, quizas la culpa la tenga la oligarquia de la comunidad de Salsipuedes, que quiere que le diga, soy un desinformado remolon.
Lea AY que rapido veto no hay que me pongo un poco caliente cuando veo que se discute el costado no el fondo de la cuestion, si tiene razon Alejandro. Son respetuosos de la ley. Van a reglamentar el año que se las cante las ganas.
Todo lo que dice está bien pero no tiene nada que ver, ni con el fallo ni con lo que se debate.
Usted no fundamenta nada, solamente enuncia lo que gustaría que pase, solo adjetiviza y descalifica. Así no se puede debatir nada. No es verdad que no se debata el fondo. Le sugiero, nuevamente, que lea el fallo.
Alejandro
Lo tenia leido al fallo, ahora el tema es que el fallo no lo manda al fondo de reparto, el fallo diferencia bien los aportes de ley de los aportes voluntarios. Ahora bien, si vos crees que yo planteaba la devolucion de los aportes por ese tema, ni vas a ver una letra en el blog. Porque si no lo podian en las AFJP no se de donde devendria el derecho ahora que son del estado. Pero si, no pueden ir a un fondo comun. Y que ademas tal cual dice el fallo deberian haberlo reglamentado. Listo. Espero que los unicos piolas que caminan en el mundo no son los kirchneristas. Lamentablemente estan haciendo muchas cagadas. Hermano, te lo digo de corazon.
Lo otro que dije es que cambio el concurso de jueces del consejo de la magistratura, por una ley de designacion por ley modificatoria de la constitucion ante el pedido de la corte suprema del nombramiento de mas jueces el año pasado. Asi que ahora los designa el ejecutivo como en la constitucion de 1853. En fin, eso es volver atras. no?.
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